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INFORMACIÓNGENERAL

La ONPE pone a disposición de la ciudadanía la información sobre las Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017.

Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017

CONOCE MÁS ACERCA DE ESTE PROCESO

Con Resolución N° 046-2017, el Jurado Nacional de Elecciones convoca a la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017 en 27 distritos a nivel nacional, para el domingo 11 de junio de 2017.



¿Qué se decidirá en este proceso?

En este proceso se decidirá si 89 autoridades ediles (23 alcaldes, 3 alcaldesas, 46 regidores y 17 regidoras) deben dejar o no el cargo para el cual fueron elegidos.

Estado de solicitudes de revocatoria: Autoridades a revocar y sustento.


¿Cómo se decidirá esto?

Los ciudadanos que participen de este proceso de revocatoria, deberán decidir si se revoca o no a sus autoridades, eligiendo con un SI o un NO el destino de estas.

Marcando con un SI, se elige que la autoridad deje el cargo antes de que culmine su mandato.

Marcando con un NO, se elige que la autoridad continúe con su mandato.


¿Quiénes participan en este proceso?

Los ciudadanos que participarán en esta consulta popular, serán aquellos que en su DNI figure como distrito de residencia alguno de estos 27 distritos:.

DISTRITO DEPARTAMENTO PROVINCIA
SAN CRISTOBAL AMAZONAS LUYA
LA JALCA AMAZONAS CHACHAPOYAS
CORIS ANCASH AIJA
HUACLLAN ANCASH AIJA
SUCCHA ANCASH AIJA
PAMPAROMAS ANCASH HUAYLAS
SANTA CRUZ ANCASH HUAYLAS
MASIN ANCASH HUARI
LLAMA ANCASH MARISCAL LUZURIAGA
MACATE ANCASH SANTA
SORAYA APURIMAC AYMARAES
TURPAY APURIMAC GRAU
TUMAY HUARACA APURIMAC ANDAHUAYLAS
TISCO AREQUIPA CAYLLOMA
OCOÑA AREQUIPA CAMANA
AYO AREQUIPA CASTILLA
CHIARA AYACUCHO HUAMANGA
COLTA AYACUCHO PAUCAR DEL SARA SARA
UTCO CAJAMARCA CELENDIN
SAN PEDRO CUSCO CANCHIS
RONDOS HUANUCO LAURICOCHA
CONDORMARCA LA LIBERTAD BOLIVAR
SITABAMBA LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO
ZUÑIGA LIMA CAÑETE
MADEAN LIMA YAUYOS
PHARA PUNO SANDIA
CAMILACA TACNA CANDARAVE

¿Cuándo y a qué hora se llevará a cabo esta consulta?

El domingo 11 de junio de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.


¿Cuál es el documento con el que se debe votar?

El Documento Nacional de Identidad, es el único documento válido para sufragar.


Mesas de votación

Las mesas de votación en cada local, estarán organizadas por orden alfabético. Ubica tu mesa de votación por la primera letra de tu apellido paterno.

MULTAS: MIEMBROS DE MESA Y ELECTORES

  • ¿Qué ocurre si no asisto a votar?
    El voto es obligatorio para todos los ciudadanos peruanos residentes en los distritos donde se llevará a cabo la consulta de revocatoria a partir de los 18 años. Para los mayores de 70 años el voto es facultativo. SI no sufragas, te harás acreedor a una multa por omiso al sufragio.

  • ¿Qué ocurre si soy miembro de mesa y no cumplo la función?
    Si fuiste sorteado miembro de mesa, es tu deber asistir para ejercer esta función, de no hacerlo, deberás pagar una multa por omiso a instalación de mesa (S/. 202.50)
  • ¿Si soy miembro de mesa y no cumplo la función y a la vez no asisto a votar?
    Si no realizas la función de miembro de mesa y a la vez no votas, te harás acreedor a dos multas (una por omiso a instalación de mesa y la otra por omiso al sufragio)

FUNCIONES DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES

Conoce las funciones del Alcalde y Regidor, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades.


ALCALDE: Según el artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades indicamos algunas de sus atribuciones

  • Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos.
  • Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad.
  • Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas, promulgar y disponer su publicación.
  • Dictar decretos y resoluciones de alcaldía.
  • Someter a aprobación del concejo municipal el Presupuesto Municipal Participativo.
  • Proponer al concejo municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos.
  • Proponer al concejo municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal.
  • Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil.
  • Proponer al concejo municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control.
  • Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado.
  • Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia.
  • Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera.
  • Presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción.
  • Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes.
  • Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad.
  • Proponer al concejo municipal espacios de concertación y participación vecinal.
  • Las demás que le correspondan de acuerdo a ley.

REGIDOR: Según el artículo 10 de la Ley Orgánica de Municipalidades le corresponden las siguientes atribuciones y obligaciones

  • Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos.
  • Formular pedidos y mociones de orden del día.
  • Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del alcalde.
  • Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal.
  • Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que determine el reglamento interno, y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el concejo municipal.
  • Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al concejo municipal y proponer la solución de problemas.

MATERIAL INFORMATIVO

  • afiche-electores Afiche - Electores
  • efiche-miembros Afiche - Miembros de mesa
  • diptico Díptico
  • Guia-informativa Guía informativa - Periodistas

LOCALES DE VOTACIÓN

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