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ONPE: Expedicion de kits electorales para revocatoria se redujo en Ancash, Lima y Cajamarca
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ONPE: Expedicion de kits electorales para revocatoria se redujo en Ancash, Lima y Cajamarca

La expedicion de kits electorales para impulsar la revocatoria de autoridades regionales y municipales ha tenido este Año una significativa reduccion en los departamentos de Ancash, Lima y Cajamarca, que en el 2012 registraban la mayor cantidad de formatos adquiridos por ciudadanos con esa finalidad, informo la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

A casi cinco meses de haber iniciado la adquisicion de los formatos de recoleccion de firmas de adherentes, se han expedido 99 en Ancash, de los cuales 84 es para intentar revocar autoridades de ambito distrital, 13 para autoridades provinciales y solo 2 para autoridades regionales.

En el departamento de Lima, solo se han adquirido 109 kits (98 para ambito distrital, 11 ambito provincial y ninguna para ambito regional); mientras que en Cajamarca se expidieron solo 55 formatos, (50 distrital y 5 provincial).

Esas cifras evidencian una notable reduccion respecto al anterior proceso de revocatoria, cuando la adquisicion de los kits electorales fue considerablemente mayor en esos departamentos: Asi en el 2012, se expidieron en Ancash hasta 268 formatos, en Lima 349 y en Cajamarca 169.

En el total de los departamentos ese Año se vendieron 2,247 formatos de recoleccion de firmas para impulsar la revocatoria de autoridades regionales y municipales; mientras que desde junio del presente Año a la fecha solo se han expedido 821 kits electorales (27 para ambito regional, 120 para ambito provincial y 674 para ambito distrital). 

Esta significativa reduccion en la expedicion de estos formatos a nivel nacional seria consecuencia de la modificacion de la Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, mediante la Ley N° 30315, que establece que las consultas de revocatorias que se realicen el proximo Año no daran lugar a la convocatoria de nuevas Elecciones, pues las autoridades revocadas seran reemplazadas.

El objetivo de esta reforma electoral, promovida en su oportunidad por la ONPE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec), fue evitar que la revocatoria sea instrumentalizada como una herramienta de venganza politica de los opositores de las autoridades municipales o regionales electas, para removerlos del cargo y convocar a nuevas Elecciones.

Los promotores de revocatoria tienen hasta el 25 de noviembre para solicitar ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec) la verificación de firmas de adherentes recolectadas; y hasta el 5 de diciembre para presentar la solicitud de revocatoria a la ONPE.

La solicitud de revocatoria se declara procedente si esta acompa?ada del 25% de las firmas de los electores de cada circunscripcion, debidamente verificadas por el Reniec.

Una vez presentada la solicitud, la ONPE resuelve en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario y, en caso de ser denegada, procede recurso de apelacion ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual resuelve en ultima instancia en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario. 

Una vez admitidas las solicitudes, corresponde al JNE convocar a Consulta Popular de Revocatoria para el 11 de junio del proximo Año.


Lima, 20 de octubre de 2016