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Veintiseis solicitudes de revocatoria fueron presentadas a la ONPE
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Veintiseis solicitudes de revocatoria fueron presentadas a la ONPE

Veintiseis  solicitudes de revocatoria, con las firmas de adherentes exigidas por ley, fueron recibidas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), al termino del plazo establecido por el Jurado Nacional de Elecciones. 

Estas solicitudes buscan poner termino al mandato de autoridades de ambito distrital durante la consulta popular de revocatoria prevista para el 11 de junio de 2017. 

La Secretaria General de la ONPE evaluara las solicitudes recibidas y de cumplir con los requisitos legales, se procedera a su admision. En aquellos casos que no cumplan con los requisitos legales se denegara la solicitud, mediante resolucion la cual  sera notificada al promotor o representante.

Contra las resoluciones que declaran la improcedencia de una solicitud de revocatoria procede el recurso de apelacion ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual resuelve dicho recurso en un plazo de no mayor de 15 dias calendario. 

No procede recurso alguno contra dicha resolucion y el JNE  convoca a consulta popular  para las solicitudes que han sido admitidas.

Cabe se?alar que segun las disposiciones establecidas para la admision de las solicitudes de revocatoria de autoridades regionales y/o municipales, la ONPE procedera a publicar la admision de la solicitud de revocatoria a traves de los medios de comunicacion y  publicara un extracto de los fundamentos en que se sustentan las solicitudes de revocatoria admitidas, a traves del portal institucional.

Datos

Este Año se adquirieron 932 kits electorales para la recoleccion de firmas de adherentes para promover la revocatoria de sus autoridades de ambito regional y municipal, un numero reducido frente a los 2,247 kits  adquiridos para la consulta popular de revocatoria de 2012.

Esta disminucion se debio evidentemente a  que la nueva legislacion aprobada por el Congreso de la Republica en abril de 2015 elimino la continua realizacion de nuevas Elecciones de autoridades para reemplazar a las revocadas y, ademas,  establecio que las revocadas sean reemplazadas por los accesitarios o suplentes.

Asimismo, fijo que los promotores de revocatoria deben fundamentar sus solicitudes, y exige que tanto promotores y autoridades rindan  cuenta de los recursos que financien sus campa?as.

Asi, estos cambios ?impulsados por el Sistema Electoral -  evitan que la revocatoria, cuya naturaleza es estar al servicio de la poblacion, sea utilizada  por intereses ajenos al control ciudadano. 

Esta información se dio a conocer durante el taller para periodistas en la ciudad del Cusco, con la presencia del Gerente General de la ONPE, Gilbert Vallejos.