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¿Qué es el Kit Electoral para Revocatoria de Gobierno Regional?

Es el conjunto de los siguientes documentos que adquiere el promotor ante la ONPE para reunir las firmas de los ciudadanos que respaldarán el ejercicio del derecho a destituir de sus cargos a presidentes regionales, vicepresidentes regionales y consejeros regionales conforme a lo establecido en la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, Ley 26300:

  • Lista de Adherentes
  • LA 002 - Para la certificación de presentación de lista de adherentes
  • LA 003 - Para la certificación de digitación de lista de adherentes
  • Declaración Jurada de correcciones o enmendaduras
  • Software para la digitación de adherentes y la normatividad correspondiente sobre su número o porcentajes requeridos

Paso 1 - Completa y escanea en formato PDF los siguientes documentos:

  • Formulario P5 - Solicitud de expedición de formatos para la recolección de firmas de adherentes (Kit Electoral).
  • Argumento de iniciativa de revocatoria (explicar en qué consiste el incumplimiento, omisión o falta de interés de las autoridades, sin invocar en ella delitos o causales de vacancia o suspensión), los nombres y apellidos de las autoridades que se pretende revocar verificados en el portal web del Jurado Nacional de Elecciones.
  • Comprobante de pago por derecho de tramitación, el cual se puede cancelar de manera virtual en PÁGALO.PE, presencial en el Banco de la Nación o en la caja de la Sede Central de la ONPE, por S/ 85.70. Indique el código 03830 (Kit Electoral - Ley N° 26300).
  • En caso haya consignado a un representante, se deberá presentar Carta poder simple.

Paso 2 - Carga los documentos en la Mesa de Partes Virtual Externa:

  • En TIPO DE DOCUMENTO selecciona la opción SOLICITUD DE VENTA DE KIT ELECTORAL.
  • En DOCUMENTO PRINCIPAL adjunta el FORMULARIO P5, completado y scaneado en formato PDF.
  • En ANEXO 2 adjunta los documentos adicionales en formato ZIP.
  • Recuerda: en caso de que la documentación ingresada cuente con alguna observación, incumplimiento de un requisito, el administrado será notificado al correo electrónico consignado y tendrá un plazo de 2 días hábiles para realizar la subsanación.

Plazo para resolver: Nueve (09) días hábiles.

Iniciar solicitud en la Mesa de Partes Virtual Externa