Servicios / Verificación en Documentos Electorales

¿En qué consiste?
Mediante este procedimiento, los ciudadanos pueden confirmar su participación efectiva en los procesos electorales, ya sea como miembros de mesa y/o electores. Para ello, la ONPE recurre a las listas de electores y las hojas de control de asistencia de miembros de mesa de cada elección, existentes desde 1995 en su Archivo Electoral.
Requisitos
- Solicitud en Formulario P6 donde se pida verificar sufragio y/o el ejercicio de cargo de miembro de mesa.
- Solicitud por escrito o correo electrónico (PDF), debidamente llena y consignando firma y huella dactilar.
- Copia legible del DNI con el holograma para validar el sufragio del ciudadano.
- Copia del comprobante de pago por derecho de trámite.
Costo, plazos y lugares donde presentar solicitud
- Comprobante de pago por derecho de tramitación. Virtual en PÁGALO.PE: S/ 10.80. Presencial en el Banco de la Nación o caja de la Sede Central de la ONPE: S/ 10.80. Indica el código 3867 (Búsqueda y verificación en el Archivo).
- Plazo para resolver: Un día.
- Inicio de procedimiento: En Sede Central ONPE. Área de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario u Oficinas Regionales de Coordinación.
Autoridades competentes para resolver
- Jefe del Área de Archivo Electoral y Verificación de Firmas. GGE.
- Asistente de Archivo Electoral y Verificación de Firmas. GGE.
- Especialista del Archivo Electoral. GGE.
Instancias de resolución de recursos
- Reconsideración: Gerente de Gestión Electoral. Plazo para presentar: 15 días. Plazo para resolver: 30 días.
- Apelación: Gerente General. Plazo para presentar: 15 días. Plazo para resolver: 30 días.