¿Qué son las Elecciones Municipales?
Es un proceso donde se elegirán a 9 alcaldes distritales y 1 alcalde Provincial, de aquellas circunscripciones creadas en el año 2014 y que no participaron de las Elecciones Municipales del 05 de octubre del 2014.
¿Cuándo se desarrollarán?
Este proceso se llevará a cabo el domingo 29 de noviembre del 2015
¿Dónde se desarrollará?
Se llevará a cabo en:
- Apurímac: José María Arguedas (Andahuaylas)
- Ayacucho: Uchuraccay (Huanta)
- Cusco:
- Inkawasi (La Convención)
- Villa Virgen (La Convención)
- Huancavelica:
- Andaymarca (Tayacaja)
- Quichuas (Tayacaja)
- Lima: Mi Perú (Callao)
- Loreto:
- *Putumayo (Putumayo)
- * Teniente Manuel Cavero (Putumayo)
- ** Yaguas
- **Rosa Panduro
*Distritos que elegirán Alcalde Provincial
**Distritos que elegirán Alcalde Provincial y Distrital
Autoridades a ser elegidas:
Conoce las responsabilidades de las autoridades a elegir de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades.
ALCALDE:
Según el artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades indicamos algunas de las atribuciones del Alcalde:
- Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos.
- Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad.
- Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas, promulgar y disponer su publicación.
- Dictar decretos y resoluciones de alcaldía.
- Someter a aprobación del concejo municipal el Presupuesto Municipal Participativo.
- Proponer al concejo municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos.
- Proponer al concejo municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal.
- Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil.
- Proponer al concejo municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control.
- Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado.
- Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia.
- Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera.
- Presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción.
- Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes.
- Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad.
- Proponer al concejo municipal espacios de concertación y participación vecinal.
- Las demás que le correspondan de acuerdo a ley.
REGIDOR:
Según el artículo 10 de la Ley Orgánica de Municipalidades corresponden a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones.
- Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos.
- Formular pedidos y mociones de orden del día.
- Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del alcalde.
- Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal.
- Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que determine el reglamento interno, y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el concejo municipal.
- Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al concejo municipal y proponer la solución de problemas.
Datos adicionales:
Para este proceso se proyecta la participación de 34,501 electores, la instalación de 23 locales de votación, 128 mesas de votación.